La convocatoria tiene por objeto asistir a empresas con proyectos estratégicos de productividad, para impulsar la transformación de las pymes y el desarrollo de su cadena de valor e incrementar las exportaciones y estará vigente durante 60 días corridos desde la fecha de su publicación.
El ANR a otorgarse podrá cubrir hasta el 70% del proyecto presentado sin incluir el IVA. El monto total del ANR no podrá exceder los $ 40.000.000 ni ser inferior a $ 3.000.000 por beneficiaria.
Serán gastos elegibles para financiar dentro de la convocatoria:
– Servicios de consultoría y asistencia técnica
– Adquisición de bienes de capital
– Capital de trabajo incremental asociado al Proyecto
Respecto a los solicitantes, para poder acceder al ANR del Programa, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
-Contar con el Certificado MiPyME vigente al momento de la inscripción
– Poseer Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP) con información actualizada
– Ser persona jurídica
– Poseer 2 años o más de actividad económica verificable conforme surja de la documentación respaldatoria
– Encontrarse inscripta en la AFIP, y encontrarse en curso normal de cumplimiento de sus obligaciones fiscales y previsionales
– Dedicarse, según el nomenclador de actividades económicas de AFIP, a la industria manufacturera de origen industrial o agropecuario (letra C). Exclusivamente en casos de proyectos de desarrollo sostenible serán admitidas adicionalmente las actividades 381100, 382010, 382020, 390000, 410011, 410021, 421000, 452101, 466920, 949930, 949990, 960990.
La presentación de los proyectos para participar de la Convocatoria, se deberá realizar -incluyendo la documentación citada como ANEXO de la Resolución mencionada- a través de la Plataforma online de Trámites a Distancia (TAD).