Por medio de la normativa, la entidad constituyó que tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.
Cabe destacar que la tasa de interés máxima será del 1,5%.
Para acceder a la Resolución General 5079/2021, haga clic aquí.
A su vez, AFIP, por medio de la Resolución General 5080/2021, determinó la extensión, también, hasta el próximo 30 de noviembre, el plazo para regularizar las deudas correspondientes a Ganancias y Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2020.
Cabe destacar que la resolución acordó que pueda realizarse mediante planes de hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
Para acceder a la Resolución General 5080/2021, haga clic aquí.