La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4766/2020, prorrogó la feria fiscal hasta el 2 de agosto, inclusive, manteniendo así la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos mientras continúe el aislamiento social.
La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros, informó el ente recaudador en un comunicado.
La resolución mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP, en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.
Durante la vigencia de la medida no se suspenden las acciones de la AFIP, pero sí quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.
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