La primera de ellas es la Resolución 133/2020, por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo, la cual incorpora una modificación al sistema de prórrogas de Licencias No Automáticas (LNA) y Licencias Automáticas (LA). Este cambio soluciona un problema que se presentaba con vencimientos en distintos momentos en una misma declaración registrada en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI). La normativa tiene vigencia a partir del día 6 de agosto de 2020.
Es importante destacar que, una vez que se solicite una prórroga de LNA, y ésta se acuerde, automáticamente las posiciones con LA de la misma SIMI, también verán extendidos sus vencimientos.
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Por otro lado, se publicó, por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Resolución General 4787/2020, la cual genera una prórroga hasta el 30 de septiembre del corriente, es decir por 60 días corridos, para que aquellos exportadores inscriptos en el Registro de Empresas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) presenten el incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante la Administración Federal, utilizando la garantía “Declaración jurada del exportador”.
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