Por otro lado, las entidades financieras también deberán otorgar los “Créditos a Tasa Cero Cultura” a los clientes que los soliciten, siempre que no hayan accedido oportunamente a los “Créditos a Tasa Cero” y estén comprendidos en el listado de beneficiarios que dé a conocer la AFIP, el que deberán consultar a los fines de verificar quiénes son elegibles, por hasta qué monto y en qué entidad.
Desde el momento en que la solicitud sea recibida, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación. La misma será efectiva como crédito a favor en Tarjeta de Crédito y contará con un período de gracia de 3 meses desde su acreditación y se reembolsará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Además, tendrá una tasa de interés nominal anual de 0%, contará con un período de gracia de 12 meses a partir de su primera acreditación y se reembolsará a partir del mes treceavo en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
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