Desde el Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), se informa que, a partir del viernes 26 de marzo, las empresas enmarcadas en la antigua Ley de Software podrán inscribirse o ratificar su adhesión para acceder a los beneficios del Registro Nacional de la Promoción de la Economía del Conocimiento. Este será destinado a Mipymes, grandes empresas, asociaciones, cooperativas y otras instituciones que realicen actividades de la economía del conocimiento. Para las micro empresas con antigüedad menor a 3 años o que no cuenten con ninguna facturación, únicamente tendrán como requisito realizar alguna de las actividades del sector.
Beneficios del Régimen:
- Bono para pagar impuestos nacionales correspondiente al 70% de las contribuciones patronales sobre el personal dedicado a las actividades promovidas. El descuento será del 80% para las empresas que a partir de su inscripción contraten:
- Mujeres y disidencias.
- Personas con posgrado en ingeniería, ciencias exactas o naturales.
- Personas con discapacidad.
- Residentes de zonas desfavorables o de menor desarrollo relativo.
- Beneficiarios de planes sociales.
Adicionalmente, sólo las empresas exportadoras podrán utilizar el bono para pagar el Impuesto a las Ganancias.
- Descuento de hasta el 60% del Impuesto a las Ganancias, según el tamaño de empresa.
- Exención del pago de derechos de exportación para las empresas del sector servicios.
Necesitarán, además, acreditar que un 70% de la facturación total proviene de la economía del conocimiento o demostrar que estas actividades son incorporadas transversalmente a sus procesos productivos.
Para acceder a los beneficios, las empresas deberán cumplir 2 de estas condiciones:
- Certificar calidad en los productos, servicios o procesos bajo una norma conocida para ese fin o mediante la acreditación de un plan de mejora continua.
- Invertir en capacitación o investigación y desarrollo de la Economía del Conocimiento.
- Exportar bienes o servicios de la Economía del conocimiento.
Y, los siguientes requisitos formales:
- Estar constituido como persona jurídica.
- Estar inscripto en el RUMP.
- No tener deudas fiscales, previsionales, laborales ni gremiales.
- Tener CUIT y clave fiscal nivel 3 en AFIP.
- Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
Los beneficios van a estar vigentes por 10 años y se deberá validar la inscripción en el Registro cada 2 años y realizar presentaciones anuales para acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos para ser beneficiario del Régimen.
Para más información contactarse a financiamiento@came.org.ar