Entra en vigencia la Resolución General 4461/2019 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que establece modificaciones en las tasas de percepción del IVA para las operaciones de importación definitiva de cosas muebles, eliminando el Artículo 2º de la Resolución General 4319/18, donde se establecían anexos con diferentes alícuotas de retención del IVA adicional.
De esta forma, la nueva norma dispone que el monto de la percepción se determinará aplicando sobre la base de imposición, las alícuotas que, para cada caso, se fijan a continuación:
El importe de la percepción se liquidará juntamente con el impuesto al valor agregado correspondiente a la importación.
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